Calculadora de Multas por Incumplimiento del Fichaje Digital

Calcula en segundos a qué sanción puede estar expuesta tu empresa si no cumples con la normativa de registro de jornada laboral. Basado en el Real Decreto-Ley 8/2019 y la LISOS.

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¿Cuánto puede costar no tener fichaje digital?

La Inspección de Trabajo puede iniciar un expediente sancionador en cualquier momento. El incumplimiento del registro de jornada se tipifica como infracción grave en el artículo 7.5 de la LISOS, con multas de entre 626 € y 6.250 €.

Si además existen horas extra no compensadas o denuncias de empleados, la infracción puede escalar a muy grave, con sanciones de hasta 187.515 €.

Tres niveles de sanción según la LISOS

La gravedad de la sanción depende de varios factores: el método de registro utilizado, el sector de actividad, si hay denuncias de trabajadores o si existen horas extra no registradas.

La calculadora pondera todos estos factores automáticamente para darte una estimación ajustada a la realidad de tu empresa.

Calculadora de sanciones por incumplimiento del registro de jornada

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Nota legal: Esta calculadora es orientativa y no constituye asesoramiento jurídico. Las sanciones reales las determina la Inspección de Trabajo según las circunstancias de cada caso. Fuentes: RDL 8/2019, LISOS (RDLg 5/2000).

Infracción leve

De 60 € a 625 €. Aplicable cuando el incumplimiento es menor y no existen agravantes.

Infracción grave

De 626 € a 6.250 €. No disponer de sistema digital de registro o usar papel y Excel.

Infracción muy grave

De 6.251 € a 187.515 €. Cuando el incumplimiento perjudica derechos laborales o hay denuncias.


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Preguntas Frecuentes sobre multas por fichaje digital

Resolvemos las dudas más habituales sobre sanciones y normativa de registro de jornada en España.

El Real Decreto-Ley 8/2019 modificó el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores, obligando a todas las empresas con trabajadores por cuenta ajena a registrar diariamente la jornada laboral. En 2025, la normativa establece que dicho registro debe ser digital y fiable.

Según la LISOS, la infracción por ausencia de registro de jornada se tipifica como grave, con multas de entre 626 € y 6.250 €. Si el incumplimiento perjudica derechos de los trabajadores (horas extra no pagadas, por ejemplo), puede elevarse a muy grave, con sanciones de hasta 187.515 €.

No. El RDL 8/2019 y la interpretación de la Inspección de Trabajo exigen que el sistema sea fiable, no manipulable y accesible en cualquier momento. El papel y los Excel no garantizan esa fiabilidad y pueden ser considerados incumplimiento de la normativa, especialmente si no se puede acreditar la hora exacta de inicio y fin de jornada.

La sanción se impone por empresa y por acta de inspección, no por trabajador. Sin embargo, si la empresa tiene varios centros de trabajo, la Inspección puede levantar un acta por cada uno. El número de trabajadores afectados sí influye en la graduación de la sanción dentro de cada tramo.

Una denuncia de empleado ante la Inspección de Trabajo suele provocar una visita de inspección prioritaria. Si se detecta que no hay registro de jornada correcto y el trabajador alega horas extra no compensadas, la infracción puede calificarse directamente como muy grave, con sanciones que pueden superar los 40.000 €.

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